AYUDAS AL ALQUILER DE LA VIVIENDA.

La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar han convocado una serie de ayudas para el alquiler de vivienda.

PERSONAS BENEFICIARIAS:

Personas mayores de edad con nacionalidad española, de algún estado miembro de la Unión Europea o ciudadanos no comunitarios con autorización de estancia o residencia en España.

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN:

Facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler. Hay tres modalidades de ayuda:

  • Línea 1: Programa de ayudas al alquiler de vivienda.
  • Línea 2: Programa de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas vulnerables.
  • Línea 3: Programa de ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

  • Línea 1: Las ayudas tendrán una cuantía máxima total del 50% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o cesión en uso de su vivienda o habitación habitual y permanente.
  • Línea 2: La cuantía de las ayudas será como máximo de 600 euros al mes, en concepto de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o cesión en uso de su vivienda.
  • Línea 3: Las ayudas tendrán una cuantía máxima total del 100% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda o habitación habitual y permanente.

PLAZO CONCESIÓN DE LA AYUDA:

La ayuda se concederá a las personas beneficiarias por el plazo de dos años.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

El plazo para la presentación de solicitudes será abierto hasta el 30 de diciembre del 2023.

 

Para una mayor información, puedes acceder a la siguiente página web: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/691970 y para poder rellenar la solicitud puedes acceder:  https://sede.asturias.es   a través de los siguientes códigos AYUD0302T01 (Línea 1), AYUD0302T02 (Línea 2) y AYUD0302T03 (Línea 3)

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